La regulación legal autonómica en relación con los hijos de la pareja, ninguna de las normas refiere ningún aspecto concreto en materia de alimentos, salvo la ley catalana que se remite a la legislación nacional.
Con respecto a la custodia y visitas de los hijos, la mayor parte omite cualquier pronunciamiento o se remite directamente a la legislación del Código Civil.
Con respecto a la custodia y visitas de los hijos, la mayor parte omite cualquier pronunciamiento o se remite directamente a la legislación del Código Civil.
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